En las siguiente dos semanas compartiremos la información, sobre cuáles son los derechos de los que debe gozar un autor.
Primeramente debemos conocer ¿Qué es el derecho de autor?
El reconocimiento que hace el estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas.
Hay dos categorías de derechos, unos de carácter personal o moral y otros de carácter económico o patrimonial. Ambas categorías de derechos conceden al autor facultades de distinta índole.
¿Qué son los derechos morales?
La relación íntima del autor y la creación. Este derecho es intransferible, intemporal, irrenunciable, inembargable y no negociable.
Es decir, desde el momento que la persona transfiere al papel la letra de una canción que sale de su intelecto, ésta se convierte en una obra y automáticamente se le concede el derecho moral con respecto a la creación, aunque en un futuro esa canción sea un hit comercial por ejemplo, siempre se concederá a la persona el derecho moral, él y sólo él es el creador principal de la canción, la vigencia de este derecho es perpetua, nunca finaliza.
La próxima semana explicaremos qué son los derechos patrimoniales y las diferencias entre cada categoría de derecho de autor.
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