¿Realmente conoces todos tus derechos como autor musical? Parte 2

La semana pasada hablamos sobre qué eran los derechos de autor y profundizamos en una categoría de derechos: los derechos morales, los cuales reconocen al autor de la obra por el simple hecho de haberla creado, recordemos que son perpetuos e intransferible.

En esta ocasión te compartimos qué son los derechos patrimoniales y cómo funcionan.

Los derechos patrimoniales  son los derechos para realizar o autorizar a terceros la explotación de cualquier forma de su obra, autorizando o prohibiendo la reproducción, publicación o comunicación pública de ésta.

Pueden ser transferidos, ya sea mediante venta, donación o cualquier otra figura. La vigencia de estos derechos abarcan toda la vida del autor y 100 años después de su muerte, es decir, por todo este lapso de tiempo el autor debe recibir regalías por su creación.

Por ejemplo, supongamos que “Juan Pérez” es el creador de la canción “Te adoro” por lo tanto automáticamente al haberla escrito cuenta con el derecho moral, pero él la cedió a una editora musical para que ellos la exploten económicamente así que Juan Pérez cedió los derechos patrimoniales de su canción a dicha editora.

La editora ganará sobre esa explotación y de ahí debe otorgarle las regalías correspondientes al autor.

Es importante mencionar que todas las obras cuentan con derechos morales y derechos patrimoniales.

Esperemos que esta información te haya sido útil y a partir de ahora conozcas con qué derechos cuentas como autor.

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